Esta norma busca proteger el derecho de la población al acceso a los alimentos seguros y adecuado, además de sancionar conductas que pongan en riesgo la seguridad alimentaria.
El Proyecto de Ley 152, aprobado en tercer debate en enero de 2026, incorpora al Código Penal de Panamá (Ley 14 de 2007) delitos contra la seguridad alimentaria, imponiendo penas de 6 a 8 años de prisión. Esta norma sanciona la producción, distribución e introducción irregular de alimentos sin permisos sanitarios o fitosanitarios, protegiendo la salud pública y al productor nacional.
Detalles Clave del Proyecto de Ley 152 (Enero 2026):
- Objeto: Sancionar la introducción, comercialización y distribución de productos alimenticios de origen vegetal o animal que no cumplan con los permisos sanitarios y de inocuidad requeridos por las autoridades competentes.
- Penas: Se establecen sanciones de seis a ocho años de prisión para los infractores.
- Finalidad: Proteger la seguridad alimentaria, garantizar la inocuidad y la trazabilidad de los alimentos consumidos, y prevenir la introducción de plagas y enfermedades que afecten la economía agropecuaria.
- Alcance: La norma busca cubrir la seguridad sanitaria, diferenciándose del contrabando tradicional, al enfocarse en el riesgo de salud pública y el mercado alimentario.
- Incorporación: Añade un nuevo capítulo sobre estos delitos al Título IX del Código Penal, fortaleciendo la legislación vigente.
Esta iniciativa responde a la necesidad de reforzar la seguridad alimentaria en Panamá y proteger la salud de más de 4 millones de habitantes.