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El borrador del proyecto de ley por la cual se prohíbe la importación, exportación, producción, distribución, venta, empaque y uso de envases y cubiertos para alimentos, elaborados total o parcialmente con poliestiereno expandido (EPS) en todo el territorio Nacional y se dictan otras disposiciones.
En las últimas décadas, el poliestireno expandido (EPS) se ha convertido en un material
omnipresente debido a su bajo costo y versatilidad. Sin embargo, esta ubicuidad tiene un alto costo ambiental. Los productos de poliestireno, especialmente los utilizados para alimentos, se encuentran consistentemente entre los desechos más recogidos en playas y vías fluviales durante las jornadas de limpieza costera internacional organizadas por ONGs como Ocean Conservancy. Desde 1986, los voluntarios han recolectado más de 8.7 millones de vasos, platos y envases de EPS, y en 2022, los envases de comida de este material fueron el séptimo desecho más común a nivel global, el puesto más alto que un producto de EPS ha ocupado desde que esta categoría comenzó a rastrearse hace una década.
Poliestireno Expandido (EPS). Material compuesto de espuma de poliestireno
expandido o extruido, utilizado en productos como, entre otros,:
Envases para Alimentos y Bebidas de Poliestireno Expandido. Cajas tipo clamshell, platos, tazones, vasos, tapas y similares fabricados con EPS.
Cubiertos para Alimentos de Poliestierno Expandido. Utensilios desechables fabricados total o parcialmente con poliestireno expandido (EPS),comúnmente conocido como foam, diseñados para el consumo, manipulación o transporte de alimentos y bebidas. Este material, caracterizado por su estructura ligera y su baja biodegradabilidad, incluye productos como tenedores, cuchillos, cucharas y otros cubiertos destinados a un solo uso.
Productos Exentos. Productos de EPS necesarios para aplicaciones específicas,
cuando no existan alternativas viables, tales como:
Productos Perecederos. Empaques utilizados exclusivamente para el
transporte de alimentos altamente perecederos como mariscos y carnes
crudas, donde el uso de alternativas comprometa su integridad.
La prohibición contenida en el artículo 4 de esta Ley entrará en vigor a los tres (3) años de promulgada esta Ley.
Para leer el borrador completo dar click aquí: https://miambiente.gob.pa/consulta-publica-borrador-proyecto-ley-que-prohibe-importacion-exportacion-produccion-distribucion-venta-empaque-y-uso-de-envases-y-cubiertos-para-alimentos/